Economía
28-agosto-2026
Reforma pensional: esto fue lo que la Corte Constitucional le devolvió al Congreso y lo que pide corregir

Credito imagen: Imagen generada con IA
La Sala Plena de la Corte Constitucional mantuvo en pie la mayor parte de la reforma pensional del gobierno, pero ordenó devolver a la Cámara de Representantes nueve artículos específicos y una proposición para un artículo nuevo, con el fin de que sean revisados y subsanados por vicios de procedimiento.
Artículos devueltos para trámite legislativo
La decisión, adoptada con una votación de 7 a 1 y con salvamento de voto del conjuez Carlos Pablo Márquez, contempla un total de diez puntos que deberán ser tramitados nuevamente por el Congreso:
- Artículo 11 (Inciso 4.º): Se debe tramitar la proposición modificativa presentada por el exrepresentante Armando Antonio Zabaraín.
- Artículo 14: Requiere tramitar la proposición aditiva presentada por el mismo congresista.
- Artículo 19 (Literal k): Se devuelve para tramitar la proposición de Zabaraín.
- Artículo 23 (Parágrafo transitorio): Ordena tramitar la proposición presentada por la senadora Jennifer Dalley Pedraza.
- Artículo 36: Se devuelve la totalidad del artículo para tramitar la proposición del representante Víctor Manuel Salcedo.
- Artículo 63 (Inciso 2.º): Se devuelve para tramitar una proposición modificativa y otra aditiva presentadas por Salcedo.
- Artículo 84 (Numeral 5.º): Se debe tramitar la proposición de Víctor Manuel Salcedo.
- Artículo 92 (Inciso 1.º): Se devuelve para tramitar la proposición de Salcedo.
- Artículo 93: Se devuelve la totalidad del artículo para tramitar la proposición de Salcedo.
- Artículo nuevo: La plenaria deberá tramitar la proposición de Jennifer Dalley Pedraza para incluir este apartado.
Plazos y consecuencias del fallo
La Plenaria de la Cámara de Representantes tiene un plazo máximo de 30 días hábiles, contados desde la notificación de la sentencia, para completar este trámite. Si las disposiciones que requieren subsanación necesitan una conciliación entre el Senado y la Cámara, este procedimiento deberá realizarse durante la presente legislatura.
Una vez vencido el plazo, el presidente de la Cámara deberá rendir un informe a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la decisión. La exequibilidad y vigencia de estos apartados devueltos quedan condicionadas a que se complete este procedimiento de subsanación y la posterior revisión constitucional.
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