Nacionales
16-5月-2026
Nuevo requisito para licencia de conducción 2026: reconocimiento facial obligatorio y más controles en Colombia

Credito imagen: Imagen generada con IA
La Superintendencia de Transporte anunció cambios importantes para obtener la licencia de conducción en Colombia durante 2026. La medida más destacada es el uso obligatorio de reconocimiento facial en diferentes etapas del trámite. Esta tecnología permitirá verificar que las personas realmente estén presentes en los cursos y capacitaciones que se exigen para sacar la licencia. El sistema realizará controles antes, durante y después de cada proceso en las entidades autorizadas. Según explicaron las autoridades, el objetivo es cerrar espacios a posibles fraudes relacionados con asistencia irregular a clases, certificados falsos y alteración de registros. Las modificaciones quedaron establecidas en las resoluciones 2877, 2878 y 2879 de 2026, que modernizaron el Sistema de Control y Vigilancia (SICOV). Esta plataforma supervisará los procesos de los Centros de Enseñanza Automovilística, Centros Integrales de Atención, Organismos de Tránsito, Centros de Diagnóstico Automotor y Centros de Reconocimiento de Conductores.
Implementación gradual y sanciones por incumplimiento
La implementación de las nuevas medidas será gradual durante 2026. Los Centros Integrales de Atención y los Organismos de Tránsito tendrán tres meses para adaptar sus sistemas a las nuevas exigencias. Por su parte, los Centros de Enseñanza Automovilística, los Centros de Diagnóstico Automotor y los Centros de Reconocimiento de Conductores contarán con seis meses para realizar los ajustes tecnológicos necesarios. El sistema incorporará herramientas de validación biométrica y analítica de datos para detectar movimientos sospechosos o inconsistencias en la información registrada. También se exigirá mayor control sobre instructores y operadores, además de cruce de información entre entidades para mejorar la trazabilidad de cada trámite. Las autoridades recordaron que la legislación colombiana contempla sanciones severas para quienes participen en irregularidades. El artículo 136A de la Ley 769 de 2002 establece multas de hasta 100 salarios mínimos legales diarios vigentes y suspensión de la licencia hasta por tres años. En casos graves, también podrían iniciarse investigaciones penales por falsedad documental o suplantación.
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