En las últimas horas, la Sala Plena de la Constitucional tumbó la ley que suspendía, máximo dos años, el vencimiento de las licencias de conducción que expiraban entre el primero y el 31 de enero de 2022.
Este era un incentivo, a través del artículo 11 de la Ley 2161 de 2021, con el que las personas podían tener un tiempo adicional para renovar su licencia. No obstante, el alto tribunal al estudiar la demanda dijo que era inconstitucional pero difirió los efectos de su decisión, que solo empezará a regir después del 20 de junio de 2023.
Asimismo, la Corte justificó que busca permitir que los ciudadanos renueven sus licencias y no haya un colapso en la renovación de pases de conducción como el que se registró en 2014.
La decisión fue unánime y se tomó con ponencia de la magistrada Cristina Pardo.
El pronunciamiento se hizo respecto a una demanda presentada por Johan Pacheco Charris quien argumentó que esta suspensión del vencimiento de licencias se incluyó en el Congreso solo hasta al cuarto debate del proyecto de ley, por lo que se vulneró un principio llamado “identidad flexible”.
Junto a ello, argumentaba que la medida no está relacionada con la ley en comento, es decir, la regulación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT.
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